05/02/2026: Este es un típico negocio familiar. Los dueños son muy amables, el servicio es rápido, los ingredientes son frescos, las porciones son generosas y los precios son asequibles. Muy recomendable.
10/01/2026: Me alegra mucho que desde la última vez hayan rectificado y ya me dejen entrar con el perro Guía. Rectificar es de sabios. Muchas gracias, todo estaba muy bueno
Me recomendaban mucho este sitio y hoy pedí para recoger en el local la cena, y todo muy bien, hasta que el hijo del dueño me echó del local porque iba acompañado de mi perro guía.
He de decir que sólo me adentré 3 pasos en el local y me acodé en la barra para pagar y llevarme el pedido, pero de muy malas maneras el chico salió de detrás de la barra a increparme y a decirme que los animales estaban prohibidos, que los clientes se le habían quejado sobre los perros en la entrada varias veces y que textualmente “esto es España y la gente es así. Si quiere llame a la policía y denuncie”, esto último porque intenté explicarle 3 veces de manera educada qué es un perro guía, mi condición visual y los derechos que tengo como persona usuaria de este tipo de perros, y que si no atendía a razones tendría que llamar a la policía para que ellos se lo explicaran y que en ése caso me vería obligado a presentar la correspondiente denuncia.
Para el que no lo sepa, el reglamento autonómico de perros de asistencia para personas con discapacidad en la comunidad de Canarias (decreto 403 2023 de 13 de noviembre - BOC 230 de 22 de noviembre de 2023) recoge y regula el derecho de todo el colectivo de personas con discapacidad visual grave o ceguera total a acceder, permanecer y deambular con su perro guía debidamente acreditado por cualquier espacio público o privado de acceso público, salvo en los casos del agua de las pciscinas públicas, los espacios en los que se elaboren comidas en locales gastronómicos y lugares esterilizados de centros médicos u hospitales.
Al margen de este reglamento, este derecho también viene recogido en el real decreto 409 2025 de 27 de mayo por el que se regula la actividad y el bienestar de los perros de asistencia (ley 7 2023 de 28 de marzo).
Y por último, en caso de denegar el acceso a una persona con discapacidad acompañada de un perro de asistencia estarían incurriendo en un delito de discriminación por razón de discapacidad según el artículo 511 del código penal.
Dicho todo esto, espero que recapaciten, que le hagan caso a la policía cuando se pongan en contacto con ellos y que por favor, rectifiquen y aprendan de esta situación tan incómoda para nuestro colectivo.